Europa prohíbe que la publicidad del vino anuncie efectos saludables

Un vino alemán no puede promocionarse como «de fácil digestión» pese a su reducida acidez, según el Tribunal de Justicia de la UE

Un vino comercializado en la Unión Europea (UE) no puede promocionarse como «de fácil digestión», ya que la legislación comunitaria prohíbe incluir declaraciones sobre beneficios para la salud a las bebidas con más de un 1,2 % de alcohol, indicó hoy el Tribunal de Justicia de la UE.

En una sentencia, los jueces precisan que el Derecho de la Unión prohíbe esas declaraciones tanto en el etiquetado como en la publicidad de las bebidas que contengan más de un 1,2 % en volumen de alcohol, concretamente en el caso del vino.

Con ello, explican los jueces, el legislador pretende proteger la salud de los consumidores, cuyos hábitos pueden verse directamente influenciados por ese tipo de menciones.

El caso se refiere a la petición de la cooperativa vinícola alemana Deutsches Weintor, que acudió a la Justicia alemana para obtener la autorización de uso de la indicación «de fácil digestión» para el etiquetado y la publicidad de sus vinos.

La empresa comercializa vinos de las cepas Dornfelder y Grauer/Weißer Burgunder (Borgoña gris/blanco) en su «variedad ligera», acompañada de la mención «acidez suave».

En particular, la cooperativa alegaba que la referencia «de fácil digestión» carecía de relación alguna con la salud y sólo se refería al bienestar general.

El Tribunal alemán pidió a los jueces europeos que precisaran el alcance de la prohibición aplicable a las bebidas alcohólicas y de su compatibilidad con los derechos fundamentales de los productores y distribuidores de vinos.

La sentencia deja claro que la indicación controvertida, que sugiere que el vino es bien absorbido y digerido, «implica que el aparato digestivo no sufre o sufre poco a consecuencia de esa ingesta, y que el estado de ese aparato permanece relativamente sano e intacto, incluso después de consumos reiterados, ya que ese vino se caracteriza por una reducida acidez».

De esa manera, la declaración «puede sugerir un efecto fisiológico beneficioso duradero, consistente en la conservación del aparato digestivo en buen estado, al contrario que otros vinos».

Por lo tanto, añade el Tribunal, esta indicación es una declaración de propiedades saludables prohibida.

La sentencia aclara además que el hecho de prohibir, sin excepción alguna, a un productor o a un distribuidor de vinos el uso de ese tipo de declaraciones es compatible con los derechos fundamentales de la UE y con el principio de proporcionalidad.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha avalado la norma comunitaria que prohíbe que la publicidad del vino, al igual que la del resto de bebidas alcohólicas, anuncie cualquier tipo de efecto positivo para la salud, con independencia de que sea real o no.

 

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